En el sistema chileno de formación profesional, la calidad ya no es una opción: es una exigencia legal y estratégica. Para operar como un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) acreditado, no solo se requiere tener una empresa constituida, sino cumplir con un marco normativo riguroso, liderado por el SENCE y sustentado por la Norma Chilena NCh 2728:2015.
Marco legal: Ley 19.518 y el rol del SENCE
La Ley N° 19.518, sobre Estatuto de Capacitación y Empleo, regula el sistema nacional de capacitación en Chile. Bajo su alero se establece el funcionamiento del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) como ente rector, fiscalizador y acreditador de los OTEC.
El SENCE, entre otras funciones, es el responsable de:
- Establecer los requisitos para que un OTEC pueda operar legalmente.
- Administrar el registro oficial de OTEC acreditados.
- Supervisar el uso correcto de franquicias tributarias en capacitación.
- Validar que los organismos cumplan con la certificación de calidad exigida.

¿Qué es la NCh 2728:2015?
La Norma Chilena NCh 2728:2015 es un estándar de gestión de calidad exigido obligatoriamente para todo OTEC que desee acreditarse ante el SENCE. Define los requisitos mínimos que debe cumplir un organismo de capacitación para asegurar la calidad de sus procesos, desde la planificación hasta la evaluación de los resultados formativos.
Está basada en la estructura de la norma internacional ISO 9001:2008, pero adaptada al contexto chileno de formación laboral.
Requisitos clave según la NCh 2728 y la ley
Un OTEC debe cumplir con múltiples requisitos simultáneamente:
- Personalidad jurídica exclusiva de capacitación (EIRL, SpA, Ltda., etc.)
- Oficina administrativa física, con infraestructura adecuada y acceso universal.
- Sistema de gestión documentado y trazable, según NCh 2728:2015.
- Certificación vigente otorgada por una entidad acreditada por el INN.
- Contratos del personal administrativo disponibles para fiscalización.
- Registro actualizado en el sistema RUDO del SENCE, incluyendo contacto institucional y del representante legal.

¿Qué evalúa la NCh 2728?
- Documentación del sistema de gestión (manual, procedimientos, registros).
- Procesos de planificación, ejecución y seguimiento de las capacitaciones.
- Evaluación de la satisfacción de los participantes.
- Control de proveedores y formadores.
- Mecanismos de mejora continua y atención de reclamos.
- Recursos materiales y humanos utilizados en las acciones formativas.
¿Qué beneficios ofrece?
- Acreditación oficial SENCE: sin la certificación, el OTEC no puede operar legalmente ni acceder a franquicias tributarias.
- Mayor profesionalismo y competitividad: los clientes valoran la trazabilidad y la calidad formativa.
- Mejora continua de procesos: la norma exige evaluar constantemente el desempeño.
- Facilidad para acceder a licitaciones públicas y privadas.
¿Quién certifica la norma?
La certificación NCh 2728 solo puede ser realizada por casas certificadoras acreditadas por el Instituto Nacional de Normalización (INN). Estas entidades realizan una auditoría externa que incluye la revisión documental, entrevistas, visitas a la oficina administrativa y verificación del cumplimiento de los requisitos legales y normativos.
La NCh 2728:2015, junto con la Ley 19.518, conforma el marco de calidad y legalidad que sustenta el sistema de capacitación en Chile. Para quienes desean emprender en el mundo de la formación técnica y profesional, entender y aplicar esta normativa no es solo un paso obligatorio, sino una inversión en credibilidad, impacto social y excelencia formativa.
En un contexto donde la capacitación es fundamental para el desarrollo económico, los OTEC acreditados y certificados se transforman en agentes estratégicos de transformación, empleabilidad y crecimiento para todo el país.
